Normativa instalación cámaras

Placa Senal Se122

Normativa para Instalación de Camaras de Videooilancia 

Las comunidades de propietarios manejan datos de carácter personal, ya sean de empleados, de empresas con las que contratan servicios e incluso los propios vecinos, por lo que se hace necesaria la protección de los mismos. Obviamente una cámara de seguridad grabando imágenes de la piscina comunitaria no se adecuara a la legalidad vigente del mismo modo que lo haría una cámara instalada en la puerta del garaje comunitario. Lo que está claro es que la instalación de cámaras en una comunidad de propietarios requiere de una serie de consideraciones y cumplir con la legislación vigente para evitar sanciones. Debemos destacar las siguientes para realizar una correcta adecuación de nuestro sistema de vigilancia a la LOPD:

La imagen de una persona identificada o identificable constituye un dato de carácter personal.

El Grabador (DVR) debe situarse en un lugar protegido de la comunidad de vecinos.

Las grabaciones han de realizarse en modo local.

Las imágenes no pueden ser almacenadas más de 30 días, salvo que sea necesario aportarla como prueba.

El acceso al DVR debe estar protegido por login (usuario/contraseña).

Acceder
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Cartel Zona Video Vigilada se colocara tras instalar cámaras seguridad

Solo el responsable del tratamiento ante la Agencia Española de Protección de Datos (AGPD) podrá acceder a las grabaciones. Habitualmente el responsable del tratamiento es el Presidente de la Comunidad, Administrador de Fincas o la Empresa de mantenimiento. Previamente es necesario notificar quien será dicho responsable mediante el formulario correspondiente.

En comunidades es necesario cumplimentar el Documento de seguridad que deberá estar en todo momento actualizado, con la ubicación del dvr, cambio de presidente o de portero/vigilante, finalidad del sistema de vigilancia, etc… a modo de resumen de todos los detalles de la instalación

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Requisito para onstalar camas en la Comunidad

Según el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal o LPH se necesita la aprobación por mayoría de dicha instalación (“es necesario contar con el voto favorable de las 3/5 partes de la totalidad de propietarios, que a su vez representen las 3/5 partes de la cuota de participación”). Una vez aprobada por mayoría el resto de vecinos deben aceptarlo, ya que en el instante que una persona decide vivir en comunidad con terceras personas debe aceptar los acuerdos que benefician al interés general, aunque perjudique a derechos individuales.

Conforme el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de cada persona de la que se pretenda recabar datos personales debe ser informada previamente de la existencia de un fichero de datos de carácter personal y la finalidad de recogida de dichos datos así como los destinatarios de la información, pudiendo además en cualquier momento ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición. Por este motivo es necesario colocar al menos un cartel informativo en las zonas vídeo vigiladas informando que está siendo vigilado por circuito cerrado de TV (vídeo vigilancia con cámaras de seguridad . El cartel debe estar ubicado en un lugar suficientemente visible, ya sea espacio cerrado o abierto.

En ningún caso las cámaras de vigilancia podrán orientarse a elementos o zonas privadas y deben cumplirse los requisitos relativos a la protección de datos.

Sin mantenimiento tu sistema puede no funcionar y no darte cuenta

Si ya tienes un sistema de videovigilancia es importante contar con un servicio de Mantenimiento de CCTV que se encargue de realizar de forma periódica una revisión para garantizar que cuando un hecho suceda nuestro sistema esté a pleno rendimiento para que podamos obtener de él la información que esperamos.

De nada sirve tener un sistema de vídeo vigilancia si nadie lo mantiene o se preocupa de que esté realizando su función correctamente, no en vano hablamos de un sistema formado por elementos informáticos y electrónicos que están en funcionamiento 24h/365d y pueden averiarse, lo cual conviene detectarlo cuanto antes, por eso en SONIMAGIC LORENTE le ofrecemos el servicio de mantenimiento con revisiones periódicas con el plazo que quieras, siendo cada 3 meses la revisión más habitúa.